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Servicio de alumbrado público: es el servicio publico consistente en la iluminación de las vías publicas, parques públicos, y demás espacios de libre circulación que no se encuentran a cargo de ninguna persona natural o jurídica de derecho privado o publico, diferente del municipio, con el objeto de proporcionar la visibilidad adecuada para el normal desarrollo de las actividades tanto vehiculares como peatonales. Por vías publicas se entienden los senderos peatonales y públicos, calles y avenidas de transito vehicular.
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Septiembre 2010 |
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